Recarga de vehículos eléctricos

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Desde INGINNER te ofrecemos el servicio de asesoramiento, diseño, instalación y legalización de tu punto de carga de coche eléctrico, adaptado a tus necesidades para que puedas realizar la recarga de la forma más sencilla y eficaz posible.

La instalación de un punto de recarga puede realizarse en garaje comunitario, en garaje privado en empresa o en un espacio público. 

Con la entrada en vigor de la ITC-BT-52 (Instrucción Técnica Complementaria al RBT de 2002) se normalizan este tipo de instalaciones tanto para edificios de nueva construcción como para edificios existentes, imponiendo unas dotaciones mínimas en cada caso.

A continuación mostramos los cuatro tipos de solución de recarga que ofrecemos. 

Selecciona la solución en la que está interesado para contactar con nosotros.

 

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más frecuentes respecto a los puntos de recarga de vehículos eléctricos.

 ¿Donde cargo mi coche si aparco mi coche en un garaje comunitario?

En la normativa actual existen diferentes formas de carga nuestro coche eléctrico en nuestro garaje comunitario. 1.-La primera es informando a los todos los propietarios del garaje se va hacer la carga de tu vehículo desde una toma de corriente existente en el garaje y que todos estén de acuerdo. 2.-Si está opción no es aceptada por los vecinos, se puede hacer la instalación de un contador digital inmediatamente después del contador del garaje, para pagar la energía consumida por cargar el coche. Igual que la primera opción, la carga se realizará mediante una toma de corriente existente en el garaje. En esta opción también todos los vecinos tienen que estar de acuerdo. 3.-La última opción es hacer una instalación desde tu contador de tu vivienda hasta tu punto de carga. La instalación se deberá de realizar mediante el REBT 2002 ITC BT 52 donde se especifican las características técnicas de la instalación.

¿Qué potencia eléctrica necesito?

La potencia eléctrica irá determinada por el tipo de carga que se desea tener; lenta, semirápida o rápida. Para viviendas lo viable es la carga lenta ya que la demanda de potencia no sería superior 3,6kW, potencia que podemos obtener fácilmente desde la comunidad. Se puede aprovechar el contador existente de la vivienda si está tiene potencia suficiente o si se puede pedir un aumento de potencia. Otra opción es pedir un contador exclusivo para la carga del contador, esta tendrá un coste superior al tener que pagar una factura eléctrica solamente para la carga del vehículo. También hay la opción de hacer la carga semirápida ( de 8 kW a 43kW)en comunidades pero el coste de las adecuaciones y el término de potencia necesario sería muy elevado. Para la carga rápida (>43kW) son necesarias unas infraestructuras que nuestras comunidades no nos pueden abastecer. La carga se realiza en 30min aproximadamente.